Régimen de Chávez en deuda con la ONU y caso minas antipersonales
El Estado ha ido demorando el compromiso de quitar las casi 1.100 minas que hay en la frontera con Colombia. Venezuela cerró 2008 con una condena en su contra por posponer esa promesa. Rimy Diego Mundaraín* es uno de los dos venezolanos que entran en la lista de víctimas de minas antipersonales. Hace cuatro años que perdió una pierna en Apure por un dispositivo que se desplazó de la zona de riesgo (Cruz Sojo). Un reproche internacional recibió Venezuela de una agencia que hace vida en la Organización de Naciones Unidas. Y en esta oportunidad nada tiene que ver con problemas bilaterales o discursos políticos azuzados desde el mismísimo imperio, sino de una deuda que el Gobierno nacional asumió en 1999 y que -hasta ahora- no ha cumplido: eliminar las 1.073 minas antipersonales que rodean seis campamentos militares de la frontera con Colombia. Se trata de una de las conclusiones del informe Monitor de Minas Terrestres 2008, presentado el pasado 21 de noviembre por la Campaña Internacional para la Prohibición de Minas Terrestres, que fue galardonada en 1997 con el Premio Nobel de la Paz y reconocida en el mundo por luchar contra las armas explosivas. (más…)

Muchos venezolanos y la opinión pública internacional ignoran que en este momento se está juzgando en la jurisdicción militar al teniente coronel (GN) José Humberto Quintero Aguilar por segunda vez por los delitos de traición a la Patria, abuso de autoridad y faltas al decoro militar por la supuesta entrega del narco-terrorista Ricardo González, alias Rodrigo Granda, a las autoridades colombianas en diciembre de 2004. Y como dice la autora de este artículo “Lo “curioso” del asunto y lo que me lleva a escribir estas líneas es que la acusación de la Fiscalía Militar contra el comandante Quintero Aguilar está basada en el apartado 3 del artículo 464 de la Sección I del Código de Justicia Militar de Venezuela sobre los delitos ‘De la Traición a la Patria’ y que establece (que lo es): “Practicar actos de hostilidad contra un país extranjero que expongan a Venezuela a peligro de guerra, ruptura de relaciones diplomáticas, represalias o retorsión”. 










