
Nos compete a todos los venezolanos, es mejor estar informados: “Olímpicamente, sin anestesia”, como dice
el abogado penalista Alberto Arteaga Sánchez, “la Sala Constitucional del Tribunal Supremo, el viernes 30 de octubre, con ponencia de Francisco Carrasquero y el voto salvado de Pedro Rondón Haaz, ha establecido que un tribunal, a solicitud del Ministerio Público,
puede ordenar la detención de una persona sin previa imputación, durante la etapa de investigación, entendiéndose que aquella se produce en la audiencia posterior a la medida judicial privativa de libertad, esto es, después de ordenada la captura del investigado”. Es decir, “podemos decir que vivimos en verdadera libertad condicional”
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